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http://hdl.handle.net/20.500.12984/5197
Registro completo de metadatos
Metadado | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.creator | Hernández García, Mtra. Mayte | - |
dc.date | 2018-04-21 | - |
dc.identifier | https://revistainvestigacionacademicasinfrontera.unison.mx/index.php/RDIASF/article/view/83 | - |
dc.identifier | 10.46589/rdiasf.v0i20.83 | - |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/20.500.12984/5197 | - |
dc.description | El lenguaje es muy rico y flexible por lo que es necesario tener en cuenta alguna de las clasificaciones que se hacen del mismo. Esto para poder definir qué decimos cuando hablamos y qué tipo de lenguaje utilizan los juristas y operadores del Derecho para explicarlo y aplicarlo. Básicamente, desde la concepcióndogmática, los autores han sostenido que son cuatro los “usos del lenguaje” a saber: Uso descriptivo del lenguaje, uso expresivo de las palabras, uso directivodel lenguaje y uso operativo o performativo del lenguaje. Según esta clasificación del lenguaje puede ser que describamos, expresemos, prescribimos o le damos un uso operativo al lenguaje. Y específicamente en el ámbito jurídico sostenemos que los juristas, doctrinarios y docentes, para explicar el Derecho emplean el “uso descriptivo del lenguaje”. En cuanto a los operadores del Derecho, emplean el “uso directivo del lenguaje” y el “uso descriptivo del lenguaje”. Por su parte,doctrinarios y operadores del Derecho deben ser cuidadosos en no ocupar el “uso expresivo del lenguaje” ni el “operativo o performativo del lenguaje” en susresoluciones. Lo anterior debido a que los artículos: 14 y 16 de la Constitución Política Mexicana establecen el deber de las autoridades de producir sus resoluciones en forma exacta en materia penal y conforme a la letra de la ley en materia civil y por extensión en todas las demás. Así como que todo acto deautoridad debe estar fundado y motivado, no pueden basarse en exclamaciones o emociones subjetivas. Finalmente las sentencias deben ser claras, no se puedeutilizar un lenguaje operativo o performativo porque se violaría el principio de legalidad. | es-ES |
dc.format | application/pdf | - |
dc.language | spa | - |
dc.publisher | UNIVERSIDAD DE SONORA | es-ES |
dc.relation | https://revistainvestigacionacademicasinfrontera.unison.mx/index.php/RDIASF/article/view/83/80 | - |
dc.rights | Derechos de autor 2018 Revista de Investigación Académica Sin Frontera: División de Ciencias Económicas y Sociales | es-ES |
dc.source | Revista de Investigación Académica Sin Frontera: División de Ciencias Económicas y Sociales; Núm. 20 (8): Enero-Junio 2015 | es-ES |
dc.source | 2007-8870 | - |
dc.source | 10.46589/rdiasf.v0i20 | - |
dc.subject | Usos del lenguaje, argumentación jurídica, doctrinarios y operadores del Derecho, principio de legalidad | es-ES |
dc.title | El lenguaje en la argumentación juridica | es-ES |
dc.type | info:eu-repo/semantics/article | - |
dc.type | info:eu-repo/semantics/publishedVersion | - |
Aparece en las colecciones: | REVISTA DE INVESTIGACIÓN ACADÉMICA SIN FRONTERA |
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